martes, 23 de marzo de 2010

ÚLTIMAS MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN


El nuevo Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, modifica el R.D. 39/1997
Publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el R.D. 39/1997, el R.D. 1109/2007 y el R.D. 1627/1997.
Las principales modificaciones que incluye esta norma son:
- Se amplia de seis a diez el número de trabajadores de las empresas en las que el empresario asuma personalmente el desarrollo de la actividad preventiva.
- Para empresas de hasta 50 trabajadores que no sean de Anexo I podrán realizar un único documento que incluya el Plan de Prevención, la Evaluación de Riesgos y la Planificación. El INSHT, Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo, publicará una guía orientativa para hacer este único documento. Estas mismas empresas que hagan las actividades preventivas con recursos propios tendrán un proceso simplificado de auditoria.
- Se establece una acreditación única para todo el territorio nacional de los Servicios de Prevención Ajenos, SPA, que obligatoriamente deberá ser de las cuatro disciplinas preventivas.
- Los SPA acreditados contarán como mínimo de un técnico de nivel superior por cada una de las especialidades preventivas técnicas y de un médico del trabajo y DUE de empresa, además de personal necesario de nivel básico e intermedio.
- Los SPA acreditados deberán disponer de instalaciones e instrumentación para realizar pruebas, reconocimientos, mediciones, análisis y evaluaciones habituales de las especialidades, así como para actividades formativas y divulgativas básicas. Se podrá subcontratar servicios de otros profesionales o servicios, así como arrendar instalaciones y medios materiales.
- Se establece el contenido mínimo de los conciertos de las empresas con los Servicios de Prevención Ajenos.
- Se modifican aspectos que regulan los Servicios de Prevención Mancomunado (asumir al menos tres especialidades y recursos equivalentes a los exigidos a los SPA).
- Se establecen los procedimientos de acreditación, mantenimiento de los requisitos de funcionamiento y revocación de la acreditación de los SPA.
- Se crearán registros informáticos de los SPA en cada CCAA que estarán interconectados mediante una base de datos informática gestionada por Mº Trabajo.
- Se modifican aspectos que regulan las Auditorias legales. Mención a que si la modalidad de organización preventiva de la empresa hubiera sido acordada con la representación de los trabajadores, se puede ampliar en dos años más los plazos indicados para repetir el proceso de auditoria.
- Se especifica los requisitos de formación para ejercer como técnico superior en PRL (titulación universitaria oficial). También en disposición adicional se aclara que todos los técnicos acreditados anteriormente mediante certificación podrán seguir desempeñando sus funciones.
- Sobre modificación del R.D. 1109/2007: destaca que en el Libro de Subcontratación se anote al Coordinador y los cambios de este.
- Sobre modificación del R.D. 1627/1997: destaca que se elimina el aviso previo por comunicación apertura centro de los contratistas incluyendo el Plan de Seguridad.
Se adjunta el mencionado R.D. 337/2010.

DIRECCIÓN TÉCNICA
Texto: Santiago Narganes.

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