viernes, 12 de febrero de 2010

EL GOBIERNO ADAPTA LA LEGISLACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO


Aprobado en Consejo de Ministros el Real Decreto de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales. Esta normativa, que sustituye a la vigente de 1998, incorpora importantes mejoras de tipo organizativo y funcional.
El citado reglamento incorpora las indicaciones de la “Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007”, tratado de buenas intenciones orientado a terminar con los elevados índices de siniestralidad laboral y mejorar además, los niveles de seguridad y salud en el trabajo dentro de la sociedad española.
Queda mucho para que se concreten en el ámbito empresarial los objetivos de dicha estrategia, de ahí que ahora se impulse el valor de la prevención desde la Administración Pública. En su condición de empleadores, las administraciones tienen, a partir de ahora, la obligación de hacer plenamente efectivo el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud y en el trabajo, tal y como se reconoce en la Ley del Estatuto básico del empleado público.
Apostar por la utilización de recursos preventivos propios, definir y potenciar las funciones de los empleados públicos encargados de la prevención en el seno de la administración, y sobre todo, apoyar la figura de los “Servicios de Prevención Mancomunados” en todos los servicios descentralizados, son algunas de las mejoras que se pretende introducir con la citada adaptación.
Además el nuevo reglamento amplía funciones de la Dirección General de la Función Pública, a fin de mejorar las posibilidades de coordinación y apoyo de la organización preventiva de la Administración General del Estado y establece un mecanismo uniforme para la notificación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales independientemente de los regímenes de Seguridad Social aplicadas.

Texto: Silvia González