jueves, 16 de octubre de 2014

VACUNACIÓN ANTIGRIPAL

La gripe afecta cada año al 5-15% de la población y los síntomas suelen durar de 3 a 7 días, implicando importantes pérdidas económicas para las empresas Cualquier persona puede contraer gripe.

La vacunación antigripal es la forma más eficaz de protegerse contra esta enfermedad y sus complicaciones. Vacunarse es
rentable para las empresas ya que reduce hasta en un 70% el absentismo laboral y las pérdidas de productividad.

Los virus de la gripe cambian constantemente. Cada año, se propagan diferentes virus que transmiten esta enfermedad. Al
vacunarse contra la gripe cada temporada, la persona se protege contra las cepas del virus que causarán la mayor cantidad de infecciones durante esa temporada.

La vacunación tiene como objetivo la promoción de la salud de los trabajadores, y su finalidad es su protección frente al virus gripal, previniendo de esta forma el absentismo laboral que esta enfermedad provoca.

Ventajas:

• La vacunación antigripal puede evitar que se contraiga la enfermedad, se evita su transmisión y se protege a las personas del entorno, incluso a las más vulnerables que pueden enfermar con mayor gravedad, como los colectivos de adultos mayores, las personas con afecciones de salud crónicas y niños pequeños (en especial los bebés de menos de 6 meses que son demasiado pequeños para recibir la vacuna).

• La vacunación antigripal puede hacer que los síntomas de la enfermedad sean más leves en caso de que se contraiga.

• La vacunación antigripal puede disminuir el riesgo de que haya consecuencias graves como hospitalizaciones.

• Mayor calidad de vida para las personas al no enfermar

Efectos Secundarios:

• Las vacunas antigripales son seguras y no pueden transmitir la enfermedad a quién la recibe porque están elaboradas con virus muertos o debilitados.

• Los efectos secundarios que pueden producir son leves y los más comunes son: dolor, enrojecimiento, sensibilidad o
hinchazón en el sitio donde se aplicó la inyección.

Fuente; Boletín Acción Preventiva SPFM http://www.fraternidad-prevencion.com/AccionPreventiva/201409/Boletin02.pdf

jueves, 9 de octubre de 2014

MEDIDAS DE EMERGENCIA


En todas las empresas, según se establece en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario debe analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, actuación frente a emergencias y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá ser suficiente en número, disponer del material adecuado en función de las circunstancias antes señaladas y poseer la formación necesaria (esta formación puede ser bonificada, consulte nuestra oferta formativa)

PLANES DE AUTOPROTECCIÓN


Según la Norma Básica de Autoprotección (R.D. 393/07) el Plan de Autoprotección es de aplicación en todas las actividades recogidas en el Anexo I de dicha Norma, entre las que se incluyen actividades de tipo sanitario, docente,
residencial público, almacenamiento, industriales, infraestructuras de transporte, energéticas, espectáculos públicos y recreativos, centros administrativos, y de cualquier otra actividad en función de sus características (altura de evacuación, ocupación, superficie,…)

El Plan de Autoprotección es el documento que recoge el conjunto de acciones y medidas encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, garantizando la evacuación y la intervención inmediata, y asegurar la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil. Estas acciones y medidas deben ser adoptadas por los titulares de las actividades, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, elaborando a tal efecto un Plan de Autoprotección efectivo

El establecimiento de un Plan de Autoprotección pretende conseguir que todas las personas que puedan verse afectadas por una emergencia sepan cómo actuar, y cómo deben coordinarse dichas actuaciones para reducir al mínimo las consecuencias que puedan derivarse de la misma.

Todas aquellas actividades susceptibles de generar una emergencia de protección civil, están obligadas a realizar un Plan de Autoprotección

miércoles, 1 de octubre de 2014

Los DATOS de SINIESTRALIDAD laboral del primer semestre de 2014 ofrecidos por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social muestran un aumento generalizado de los accidentes de trabajo en el conjunto de España. Un aumento que, además, parece estar acelerándose, ya que en el primer cuatrimestre fue del 3,8%, y en el conjunto del semestre ha ascendido hasta el 4,9%.

Son diversas las hipótesis que pueden explicar dicho incremento (falta de inversiones en las empresas, recortes en las administraciones públicas, transformaciones del mercado de trabajo -aumento del empleo temporal y a tiempo parcial-, precariedad en la contratación, etc.)

Son datos que consideramos preocupantes y que deben hacer reflexionar a las empresas sobre la adecuación de sus sistemas preventivos. No hay que olvidar que estamos hablando de vidas humanas y de la salud de personas. Demasiado importante para pasarlo por alto y no dedicar los recursos que merece.

martes, 30 de septiembre de 2014

La DGT ha iniciado una campaña informativa sobre los accidentes in itinere, es decir, los ocurridos mientras el trabajador se desplaza hacia o desde su puesto de trabajo Más del 70% de los accidentes laborales son accidentes de
tráfico al ir o al volver del trabajo.

El estrés, las prisas y la presión generados por los jefes, clientes y entorno familiar, tienen mucho que ver. Acabar con
ellos es una responsabilidad de todos, porque solo entre todos podemos evitarlos.

Nos unimos a esta iniciativa y desde aquí realizamos un llamamiento a empresas y trabajadores para que aunen esfuerzos en favor de unos desplazamientos más seguros de los trabajadores.

Por nuestra parte podemos aportar nuestra experiencia y colaborar con las empresas realizando Planes de Movilidad y Seguridad Vial Laboral adaptados a las necesidades específicas de cada cliente (el cual además le puede resultar de especial utilidad ya que es uno de los requisitos para poder acceder a la bonificación por baja siniestralidad).


lunes, 7 de julio de 2014


ÉXITO DE CONVOCATORIA JORNADA SOBRE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES

La pasada Jornada de Coordinación de Actividades Empresariales organizada por la Soc. de Prev. de Fraternidad el pasado día 20 de mayo en el Hotel Eurostars de Madrid, se desarrolló con un aforo completo. Esto denota el interés y la preocupación por las empresas por una gestión eficaz en esta materia.


La apertura de la Jornada corrió a cargo de D. FERNANDO CAMINO MACULET, Director General Sociedad de Prevención Fraternidad.

Tras la apertura, Dª. CARMEN BONET HERRANZ (Inspectora de Trabajo y Seguridad Social) desarrolló una edificante exposición sobre su experiencia práctica en la implantación de coordinación de actividades empresariales, enunciando numerosos casos particulares a los que se enfrenta en su quehacer diario.


Posteriormente Dª CONCEPCIÓN MARTÍN DE BUSTAMANTE (Presidenta de AESPLA) moderó una mesa redonda compuesta por las siguientes referencias nacionales del sector de la prevención de riesgos laborales:

 D. ENRIQUE RODERO PEDRERO (Gerente del S.P. Mancomunado de Elecnor Y Presidente del Comité de Prevención de ADEMI): en su ponencia enunció diversos casos prácticos gestionados como Gerente de Prevención de Elecnor. Aprovechó la oportunidad brindada desde Soc. de Prev. de Fraternidad para contrastar con la Inspección de Trabajo, interferencias y dificultades en materia de CAE a las que se tienen que enfrentar día a día las empresas de ADEMI a las que representa. Fijó el foco de su atención en la diversidad de trabajos puntuales en multitud de centros y de duración muy limitada y la cantidad de documentación y de recursos que se genera que en muchas ocasiones hace inviable ser competitivo.

 D. JOSE ANTONIO SAIZ (Health and Safety Manager PepsiCo): en su alocución enunció el dimensionado de las políticas de CAE del Grupo Pepsico. La implicación del Grupo Pepsico en el control preventivo de las empresas contratadas llega a tal punto, que asumen determinadas normas internas que exceden las establecidas en la normativa aplicable, para un control más eficaz y efectivo.

 D. FÉLIX SANZ HERRERO (Gerente del Servicio Prevención Vodafone y Vocal de PRL Innovación): como Vocal de PRL Innovación instó a todos los participantes a desarrollar CAE práctica acorde con el R.D. 171/2004 de 30 de enero de Coordinación de Actividades Empresariales alejada de exceso de documentación no vinculada a Prevención de Riesgos Laborales, que tantos recursos económicos y humanos requiere en la actualidad.

Por último, D. EMILIO CONDE HERCE (Director Técnico Soc. Prev. Fraternidad), mostró a todos los asistentes el nuevo software OHS de Coordinación de Actividades Empresariales desarrollado por Soc. Prev. Fraternidad para facilitar la clasificación y el intercambio de la documentación requerida para un control eficaz en CAE. Este software utiliza un sistema de alertas que informa de la situación de los trabajadores concurrentes en un centro de trabajo. Este programa informático automatiza el envío de correos electrónicos solicitando a los proveedores la incorporación de la documentación requerido a los servidores empleados.


El balance de estas jornadas permite sacar conclusiones muy positivas a todos los niveles. Entre los asistentes a esta Jornada se encontraban los máximos responsables de prevención de las mayores empresas del país. Además, de las intervenciones del público asistente se extrae una preocupación general acerca de las dificultades para la gestión de toda la documentación requerida para garantizar una correcta coordinación de actividades empresariales y el elevado número de recursos humanos que se precisa para ello. Por todo ello, se concluye que el programa OHS presentado en la Jornada facilitará la gestión de la coordinación empresarial a la vez que reducirá los costes en personal derivado de una automatización del proceso de solicitud y clasificación documental.

Cabe agradecer a todos y cada uno de los participantes, su asistencia e interés mostrado durante la Jornada, pues desde la Soc. de Prev. de Fraternidad lo utilizaremos como revulsivo para nuevas convocatorias.


Autor: Jaime Pino González – Responsable Comercial Grandes Cuentas de Fraternidad Prevención

viernes, 9 de mayo de 2014

CÓMO EVITAR ACCIDENTES MORTALES EN TRACTORES

Los últimos datos estadísticos sobre accidentes laborales con tractores nos indican que en estos vehículos hay más accidentes mortales que otros. En España desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, de los accidentes de trabajo declarados relacionados con vuelcos de tractores, se han producido como consecuencia de los mismos 51 muertes y 17 heridos de consideración.


En Andalucia los tractores en los últimos años causan hasta siete muertes al año de trabajadores asalariados.
Las causas principales de los accidentes mortales con estos vehículos se producen por vuelco del tractor, atropellos y atrapamientos. Muchos de estos accidentes mortales se hubiesen evitado si en el momento de producirse el accidente, el tractor hubiese dispuesto de estructura de protección homologada y el conductor hubiese utilizado el cinturón de seguridad. No nos olvidemos que el uso del cinturón de seguridad, en caso de vuelco del tractor, evita que el tractorista salga proyectado del asiento y la estructura garantiza un espacio de seguridad , que evita el aplastamiento.


Como punto de partida las explotaciones agrícolas deben tener un sistema de gestión de la prevención , tener contratado un servicio de prevención de riesgos laborales, acreditado y que realice la correspondiente evaluación de riesgos de las instalaciones, productos químicos utilizados y equipos de trabajo. En ella se identifican los peligros y riesgos para evitar condiciones peligrosas que puedan dar lugar a accidentes. Y a raíz de ésta evaluación se planificaran las medidas correctoras para eliminar y evitar estos riesgos, así como las normas de seguridad a seguir por empresarios y trabajadores.
Ahora bien, estas medidas de evaluación, identificación, y planificación no son suficientes si no se realiza un seguimiento de forma continuada.


Antes de iniciar los trabajos con la maquinaria, se debe garantizar que al equipo se le ha realizado un mantenimiento preventivo (el tractor dispone de estructura de protección homologada, cinturón de seguridad, partes móviles protegidas , buen estado de los estribos, escaleras y asideros, sistemas mecánicos en buen estado; dirección, frenos , embrague, enganches, etc…)
También se debe prever el terreno por el cual se va a realizar las labores, y si el equipo y la carga es adecuada al mismo. Teniendo en cuenta que a veces , las inclemencias meteorológicas pueden cambiar las condiciones de los terrenos por los cuales se van realizar los trabajos.


Pero aun cuando todo lo anterior se realice, evitaríamos las condiciones peligrosas, pero no sería suficiente para evitar los accidentes, si no tenemos en cuenta también la prevención de riesgos ante actos inseguros; Los empresarios deben garantizar en primer lugar que los tractores sean utilizados por trabajadores designados para tal fin, que reciban por parte de sus servicios de prevención, formación específica de prevención de riesgos en el uso de tractores. Y en segundo lugar que el tractorista antes de iniciar los trabajos verifique las condiciones del terreno, la carga y los sistemas de seguridad del equipo.


Para evitar los accidentes mortales que se producen año tras año en la agricultura por vuelcos y atrapamientos con tractores es fundamental, insistir continuamente en evitar estas condiciones peligrosas y actos inseguros que hemos descrito como causas principales de los accidentes laborales con tractores.

Autor: Raquel Tirado Sánchez (Directora Provincial SPFM) Revista ASAJA Agosto 2013

martes, 6 de mayo de 2014

La coordinación de actividades empresariales en las explotaciones agrícolas y ganaderas”

Dentro de los deberes que el empresario tiene en materia de prevención de riesgos laborales, marcados por la legislación vigente, se encuentra el deber de Coordinar las actividades empresariales.

En la actualidad y desde hace algunos años, para la explotación de las fincas, el mercado tiende a contratar servicios agrícolas como por ejemplo; la aplicación de productos fitosanitarios, trabajos de poda, recolección, retirada del forraje para su comercialización, trabajos de mantenimiento en las instalaciones, etc..

Es importante recordar que el empresario agrícola o ganadero cuando realiza la contratación de algunos servicios relativos a su actividad o permite el acceso a su explotación a empresas o trabajadores autónomos, debe cumplir con éstas, “el deber de coordinación de actividades empresariales, en materia de prevención de riesgos laborales”.

Para ello, los Servicios de prevención que las empresas agrícolas /ganaderas tienen contratados para llevar a cabo la prevención de riesgos laborales , deben asesorar al empresario en cómo realizar la coordinación de actividades cuando subcontratan a otras empresas para realizar trabajos en sus instalaciones.

Podemos ver esta coordinación de actividades con un caso practico; El propietario de una explotación agrícola contrata a una empresa para la aplicación de productos fitosanitarios. Éste debe informarle de los riesgos existen en su explotacion, es decir, entregarle copia de su evaluación de riesgos laborales de las instalaciones y de las medidas de emergencia a adoptar.

A su vez, la empresa contratada para la aplicación de los productos debe entregarle a la propiedad, concierto del servicio de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos laborales del puesto de aplicador productos fitosanitarios, equipos de proteccion individual que utilicen, y de cada trabajador que vaya a realizar los trabajos; formacion e informacion sobre los riegos de su puesto de trabajo y certificado de aptitud medica del puesto que ocupe.

Por último cabe recordar que el incumplimiento en materia de coordinación de actividades empresariales, se considera como infracción grave según el Real Decreto legislativo 5/2000.


Autor: Raquel Tirado Sánchez (Directora Provincial SPFM) Revista ASAJA Julio 2013